FONTANA, MARIA DE LOS ANGELES c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara que confirmó la improcedencia de la demanda de reincorporación laboral y pago de salarios caídos a una trabajadora vinculada a un programa social.
Actor: María de los Ángeles Fontana Demandado: Municipalidad de Puerto General San Martín Objeto: Reincorporación a sus labores y pago de salarios caídos, considerando la relación laboral como empleo público. Decisión: La Corte rechazó la queja por no haberse cumplido el requisito del artículo 8 de la ley 7055 y por entender que las cuestiones planteadas implican valoración de hechos y pruebas privativa de los tribunales de la causa, por lo que no procede revisar la decisión en sede constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 concluyó que la relación entre la actora y la Municipalidad no podía ser encuadrada en la ley 9286, sino que se trataba de un programa de ayuda social, y esa interpretación fue sustentada en jurisprudencia que reafirma el carácter formal y documentado de la relación de empleo público. Además, consideró que las pruebas y valoraciones efectuadas por el tribunal de primera instancia no evidencian arbitrariedad o vulneración de derechos constitucionales." "Los agravios de la recurrente se centran en una interpretación de hechos y pruebas, competencia exclusiva de los jueces de la causa, por lo que la revisión en sede constitucional no resulta procedente." "La valoración de la prueba y la calificación de la relación laboral son cuestiones de hecho que no pueden ser revisadas por esta Corte en sede de queja." No se registran votos disidentes relevantes.
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