F., A. P. c/ IAPOS s/ RECURSO DE AMPARO
La Cámara de Santa Fe confirmó la denegatoria de la medida cautelar solicitada en un amparo por acceso a medicación para una paciente con fibrosis quística, argumentando que la demora en la notificación y la falta de constitución de contracautela invalidan la procedencia del recurso, aunque reconoció la gravedad del cuadro clínico y el derecho a la salud.
- Quién demanda: La amparista (paciente con fibrosis quística)
¿A quién se demanda?
IAPOS (Obra Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La cobertura inmediata y sin costo del tratamiento con Ivancaftor 150mg, por considerar que la negativa de la obra social vulnera el derecho a la salud y la vulnerabilidad de la paciente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la denegatoria de la medida cautelar, sosteniendo que la demora en la notificación y la imposibilidad de constituir la fianza en tiempo perjudicaron la configuración de peligro en la demora y daño irreparable, además de que no se analizaron en profundidad los informes médicos favorables ni la urgencia real en el contexto del proceso cautelar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que la demora en la notificación y en la constitución de la contracautela impactan en la configuración del peligro en la demora, y que la medida cautelar requiere un análisis cauteloso dada su naturaleza sumaria, en particular en materia de salud. Además, recuerda que la protección constitucional y convencional del derecho a la salud y a las personas con discapacidad justifica una especial atención, pero que en este estadio la medida no resultaba procedente por las demoras y la falta de cumplimiento de requisitos formales. La decisión también hace referencia a que la parte actora pudo haber utilizado otras vías judiciales y que la auditoría médica interna de IAPOS cuestiona la eficacia del tratamiento, pero que ello no impide la continuidad del proceso en su fase de fondo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: