FAURE, EMILIO GABRIEL c/ LA SEGUNDA ART Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la declaración de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557 en el marco de un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La sentencia fundamentó que la decisión se ajustó a la jurisprudencia y los principios constitucionales, garantizando una reparación justa ante desajustes económicos y circunstancias particulares del caso.
- Quién demanda: Emilio Gabriel Faure
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral tras accidente ocurrido el 23.09.2002, con cálculo basado en salario de igual categoría y convenio a la fecha de la sentencia, con intereses y ajustes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara apeló parcialmente y declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557, ajustando la cálculo a una fórmula que garantice reparación justa, considerando desfasaje monetario, tasas de interés, y circunstancias específicas del caso. La Corte Provincial confirmó la constitucionalidad de la decisión, rechazando el recurso de inconstitucionalidad y sosteniendo la validez del razonamiento judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ello es así, toda vez que la Alzada fundó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557 en consonancia con la doctrina postulada por la Corte nacional y esta Corte local, consistente en que la declaración de inconstitucionalidad de una ley sólo puede admitirse como 'última ratio' del orden jurídico y sólo será procedente cuando no exista la posibilidad de una solución adecuada del juicio por otras razones que las constitucionales." "La Alzada llevó a cabo un examen jurídico y aritmético de las particulares circunstancias del caso en concreto, como ser: la inaplicabilidad de los ajustes previstos por la ley 26773, el desfasaje monetario generado por el transcurso de 14 años desde el accidente, la ausencia de otro mecanismo de solución en atención a las más altas tasas de interés posibles de aplicar y la necesidad de una indemnización justa y razonable para el trabajador siniestrado." "El Tribunal ha fundamentado su decisión en atención a garantizar al trabajador accidentado un resarcimiento justo y equitativo, en el marco excepcional del caso, conforme a las circunstancias objetivas, la realidad económica y los parámetros legales y jurisprudenciales."
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