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SOSA, CARLOS GUILLERMO Y OTROS c/ ECCO S.A. -DEMANDA LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que rechazó un planteo de omisión en la valoración del material probatorio en un proceso laboral. La decisión se fundó en la existencia de una posible violación del derecho a la jurisdicción y ordenó la elevación de los autos principales para continuar con el trámite correspondiente.

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- Quién demanda: El actor (parte recurrente en la queja).

¿A quién se demanda?

La sentencia de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La existencia de una violación al derecho a la jurisdicción por parte del tribunal de apelación, por no haber interpretado adecuadamente y valorado correctamente la prueba vinculada a la cláusula de absorción e intangibilidad salarial, y por omitir tratamiento de ciertos agravios relacionados con la valoración pericial.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la postulación del recurrente cuenta con suficiente asidero en las constancias de la causa y que podría existir una hipótesis de violación del derecho a la jurisdicción, ordenando que se eleven los autos para continuar con el trámite correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En una apreciación mínima y provisoria, propia de esta instancia y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación (art. 11, ley 7055). Dicho esto, en una apreciación mínima y provisoria, propia de esta instancia y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación (art. 11, ley 7055)." "La queja interpuesta y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad. Disponer que por Presidencia se requiera la elevación de los autos principales y se les imprima el trámite que corresponda." La resolución refleja la existencia de una posible arbitrariedad en la valoración de las constancias y la omisión de tratamiento de agravios que podrían afectar derechos constitucionales, justificando la admisión del recurso extraordinario.

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