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OLIVA, PABLO EMILIO Y OTRA c/ RAYCO S.R.L. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Venado Tuerto confirmó la sentencia que condenó a Rayco SRL por daños y perjuicios derivados de la rotura del motor de una Ford Ecosport, tras valorar que la bomba de agua colocada no era original y que ello provocó la falla. La decisión rechaza la nulidad y la apelación de la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Pablo Emilio Oliva, demanda por daños y perjuicios tras la rotura del motor de su vehículo Ford Ecosport, ocurrido el 28/06/2009, tras un service realizado en Rayco SRL en 2008. La sentencia de primera instancia condenó a Rayco SRL a pagar una suma por daños, daños morales y daño punitivo, fundamentando que la bomba de agua colocada no era original y que ello provocó el sobrecalentamiento y la falla del motor. La Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto revisó la valoración probatoria, concluyendo que la evidencia demuestra que la bomba no original fue instalada por Rayco SRL, dado que el precio de venta y la documentación probatoria indican que la pieza colocada no correspondía a la original sugerida por Ford. La pericia mecánica, los precios de repuestos y las constancias de mantenimiento avalan esta conclusión. La apelación de Rayco SRL fue considerada desierta respecto a la nulidad y rechazada en cuanto a la responsabilidad, daños y costas. La Cámara confirmó la condena en todos sus términos, resaltando que la valoración probatoria fue adecuada y fundada en la sana crítica racional, sin vulnerar principios lógicos o de derecho.

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