GOMEZ, FRANCISCO c/ LO CASCIO INAR S.A. s/ DEMANDA LABORAL
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario rechazó parcialmente el recurso de apelación de la empleadora y confirmó en parte la sentencia de primera instancia, modificando la tasa de interés y sanciones por incumplimiento en el pago de aportes y salarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda (Actor): Francisco Gómez
A quién se demanda (Demandado): Lo Cascio Inar S.A.
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reclamación de fondos por fondos de cese laboral, vacaciones no gozadas, sanciones por retención de documentación y pago de salario, además de intereses y costas.
Qué se resolvió (Decisión): La Cámara rechazó el recurso de nulidad de la demandada y admitió parcialmente el recurso de apelación en cuanto a la tasa de interés, modificándola a la tasa activa sumada, y confirmó la condena respecto a los demás aspectos, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios en el 50% de los establecidos en primera instancia.
Fundamentos principales:
- La nulidad fue declarada desierta por no haberse mantenido en esta instancia, por lo que la sentencia de primera instancia quedó firme en ese aspecto.
- La apelación de la demandada fue parcialmente acatada en relación a la tasa de interés, que fue modificada a una tasa más favorable para el trabajador, en línea con la jurisprudencia de la Sala y las recomendaciones de la Corte Suprema y Provincial.
- La aplicación de sanciones por retención de documentación y la imposición de costas fue confirmada, ya que la conducta de la empleadora violó las obligaciones legales, específicamente en la entrega de la libreta de aportes y en el pago del fondo de cese laboral.
- La tasa de interés fue ajustada considerando la realidad económica y la jurisprudencia, siendo la tasa equivalente a la que cobra el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días, sumada y en modalidad de capitalización.
- La condena en costas de la alzada fue a cargo de la demandada, en atención al éxito parcial, y los honorarios profesionales se fijaron en un 50% de los regulados en primera instancia.
- Disidencias: La Dra. Deco se abstuvo de votar en las cuestiones, y la Dra. Netri y el Dr. Restovich votaron en conjunto en los términos expuestos.
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