FRANZE, MARIA GLADIS c/ MUNICIPALIDAD DE FRAY LUIS BELTRAN -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra una sentencia que desestimó un recurso de inconstitucionalidad en un caso de relación laboral de larga duración sin contrato formal. El tribunal sostuvo que la disidencia de la recurrente se basa en interpretación de hechos, no en arbitrariedad.
- Quién demanda: María Gladis Franze (actora)
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Fray Luis Beltrán
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales, aportes e indemnización por despido indirecto tras 24 años de relación laboral no formalizada y alegación de fraude laboral.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja, confirmando la decisión de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 que había rechazado el recurso de inconstitucionalidad por infundado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de la sentencia y las pruebas demuestra que la actora nunca fue designada como agente pública mediante acto de nombramiento formal ni contrato escrito. La relación fue de carácter eventual, basada en tareas específicas y facturación, sin configurarse una relación de empleo público ni la existencia de un fraude laboral. La valoración probatoria realizada por la Cámara no es susceptible de ser calificada como arbitraria, y la disidencia basada en argumentos fácticos es inadmisible en esta instancia." Asimismo, se destaca que la actora, en su propia declaración, reconoció que no existió una relación de empleo formal con la Municipalidad, sino una relación laboral eventual y facturación por trabajos realizados. La jurisprudencia citada respalda la interpretación de la relación laboral en estos términos, descartando la existencia de un fraude laboral o de un vínculo de carácter permanente que genere expectativas de estabilidad laboral.
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