AADI CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA c/ KWAN S.R.L. Y OTROS s/ JUICIOS ORDINARIOS
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe revisó una sentencia que rechazaba recursos y establecía responsabilidades y montos en un juicio por derechos de reproducción fonográfica. La sala revocó parcialmente la decisión, admitió la reclamada en su responsabilidad solidaria e impuso obligaciones de información y pago, además de intereses.
Quién demanda: Asociación Civil AADI CAPIF, representante de derechos de reproducción fonográfica.
¿A quién se demanda?
Kwan SRL y Arnat SRL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de derechos de reproducción, multas por incumplimiento de obligaciones de información y pago, y responsabilidad solidaria.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la nulidad y se admitió parcialmente el recurso de apelación. La sentencia fue modificada en cuanto a los montos, intereses, responsabilidad solidaria y obligaciones de información.
Fundamentos principales de la decisión:
- La nulidad basada en el protocolo de oralidad fue desestimada por considerar que la renuncia a pruebas y la existencia de un acuerdo previo justifican la validez del proceso.
- La inconstitucionalidad del protocolo de oralidad fue rechazada, ya que sus directivas son actos de gobierno que cumplen funciones constitucionales y no alteran derechos fundamentales.
- La prueba de ingresos mediante documentación contable fue valorada como suficiente, y las pruebas renunciadas no habrían alterado esa conclusión.
- La obligación de pago por derechos de reproducción fue considerada ex lege, y la responsabilidad de los locales bailable fue atribuida a Arnat SRL por vinculación contractual y participación en la explotación.
- La responsabilidad solidaria en la deuda y la aplicación de intereses desde cada período fueron confirmadas.
- La obligación de entregar listados de temas musicales utilizados en la actividad se estableció con plazo de 30 días, con multa en caso de incumplimiento.
- Costas: 80% a la parte apelante y 20% a los apelados, por su éxito parcial en los agravios.
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