ZARATE, PATRICIO JESUS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ZARATE, PATRICIO JESUS s/ HOMICIDIO DOLOSO CALIFICADO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR EL COLEGIO DE JUECES)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió declarar parcialmente procedente un recurso de inconstitucionalidad presentado contra una sentencia que modificó la calificación y la pena en un proceso penal por supuestas irregularidades en la descripción de los hechos y en la valoración de la prueba, anulando la parte de la sentencia que imponía pena y remitiendo la causa para nuevo pronunciamiento.
- Quién demanda: Patricio Jesús Zárate, en su recurso de inconstitucionalidad.
¿A quién se demanda?
la sentencia del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la invalidez de la condena y de los actos consecuentes por violación de garantías constitucionales, específicamente por apartamiento de la base fáctica y por afectación del principio de congruencia.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió parcialmente el recurso, invalidando la imposición de pena y ordenando la remisión del expediente para un nuevo pronunciamiento conforme a los lineamientos establecidos en la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La defensa alegó que la sentencia de apelación modificó la fundamento fáctico en relación a la calificación del delito de amenazas y a las lesiones, sin ajustarse a la acusación y vulnerando el principio de congruencia. La Corte sostuvo que la acusación hacía referencia al uso de un arma de fuego, y que la confirmación en la sentencia de la uso de un arma blanca no fue respaldada por la acusación, alterando la base fáctica. La modificación de la calificación de lesiones de graves a leves, sin reducción de pena, viola el principio de "reformatio in pejus", cuya protección es de orden constitucional. La Sala concluyó que tales irregularidades afectan derechos constitucionales del imputado, por lo que corresponde anular parcialmente la sentencia y remitir la causa para un nuevo juicio. La sentencia fue firmada por unanimidad por los ministros de la Corte y los jueces de Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: