BARO, MARIA ANGELICA c/ CHEVROLET S.A. Y OTROS s/ CONSIGNACION
La Cámara de Rosario desestimó la nulidad y rechazó la apelación de María Angélica Baró contra la sentencia que rechazó su demanda, confirmando la validez de la sentencia de primera instancia, fundamentada en la legalidad de las cláusulas contractuales y en la inexistencia de mora del acreedor.
Actor: María Angélica Baró Demandado: Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados y Pesado Castro Motors S.A. Objeto: La nulidad de cláusulas contractuales por abusivas, y la declaración de mora del acreedor para efectuar consignación de pago. Decisión: La Cámara desestimó la nulidad del contrato y la apelación, confirmando la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y la consignación, considerando que las cláusulas no son abusivas y que no existió mora del acreedor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la naturaleza del sistema de ahorro previo y su marco contractual, concluyendo que las cláusulas cuestionadas, como la de aseguramiento en compañías de lista y el lugar exclusivo para pago, no resultan abusivas en el contexto del contrato de adhesión y el sistema de protección del consumidor. Se consideró que la relación contractual se ajusta a las normas vigentes y que no existe desequilibrio que justifique la nulidad. La sentencia también rechazó las quejas acerca de la valoración de la prueba, la existencia de mora y la validez de la consignación, argumentando que no se acreditó la negativa del acreedor a recibir pago ni la configuración de mora. La decisión fue unánime entre los vocales y se impuso el rechazo del recurso de nulidad y la confirmación del fallo de primera instancia con costas.
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