RIVERO, LEANDRO CRISTIAN s/ HOMICIDIO CULPOSO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario revocó la sentencia de primera instancia y condenó a Cristian Leandro Rivero a 4 años de prisión efectiva por homicidio con exceso en la legítima defensa y homicidio culposo agravado, confirmando la legalidad del acuerdo de procedimiento abreviado. El tribunal destacó que el acuerdo fue validado por el juez y que el control de legalidad se limita a verificar su cumplimiento formal y sustancial, sin involucrar una valoración de la prueba en sí misma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El acusado, Cristian Leandro Rivero, fue condenado inicialmente por un tribunal de primera instancia a 3 años de prisión en suspenso por portación ilegítima de arma y homicidio culposo, tras disparar en defensa propia en un intento de robo. La sentencia fue apelada por la fiscalía y la defensa, y posteriormente anulada por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe por irregularidades en el control del acuerdo de procedimiento abreviado. La Cámara de Apelaciones revisó y validó el acuerdo, considerando que el juez debe limitarse a verificar la formalidad y legalidad del mismo, sin entrar en valoración probatoria. En particular, se resaltó que el acuerdo implica un reconocimiento de hechos y una pena pactada, que debe ser homologado por el juez con control de legalidad y constitucionalidad, sin poder absolver por duda o exceso en la causa de justificación. Se concluyó que el acuerdo fue celebrado y homologado dentro de los límites legales y que, en consecuencia, procede confirmar la condena de 4 años de prisión efectiva y 5 años de inhabilitación para conducir, por los delitos de homicidio con exceso en la legítima defensa y homicidio culposo agravado.
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