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SEVERO, NESTOR s/ LESIONES DOLOSAS LEVES

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la condena por lesiones leves en perjuicio de Pedro Tobozo y revocó la condena por lesiones en perjuicio de Patricia Bessonart, estableciendo una pena de ocho meses de prisión condicional, por dudas razonables en la materialidad del hecho.

Prueba testimonial In dubio pro reo Duda razonable Lesiones leves Responsabilidad penal Delitos contra la integridad fisica Revision de sentencia. Responsabilidad criminal Prueba pericial odontologica Responsabilidad de funcionario


- Quién demanda: Néstor Edgardo Severo

¿A quién se demanda?

Néstor Edgardo Severo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia condenatoria por lesiones leves en perjuicio de Tobozo y Bessonart

¿Qué se resolvió?

Se confirma la condena en el hecho respecto a Tobozo; se revoca en el hecho respecto a Bessonart por dudas razonables; se reduce la pena a 8 meses de prisión condicional

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala analizó la prueba de la causa, destacando contradicciones en los testimonios y la inexistencia de pruebas concluyentes que acrediten la materialidad y autoría en el hecho contra Bessonart. Se señaló que los testimonios de testigos como Balparda y Videla presentaron inconsistencias, y que la prueba pericial odontológica y médica no logró despejar dudas sobre las lesiones atribuidas a Severo. La justicia valoró que las lesiones en Bessonart eran de mínima entidad, y que no existían elementos que acreditaran la existencia de dolo o culpa suficiente para sostener una condena penal, aplicando el principio de duda razonable y la proporcionalidad de la pena. Respecto a Tobozo, las pruebas aportadas y los testimonios permitieron sostener la responsabilidad penal, confirmando la condena por lesiones leves. La jurisprudencia citada enfatiza la necesidad de pruebas claras y precisas para sostener una responsabilidad penal, y que en casos de duda, debe prevalecer la presunción de inocencia y el análisis racional de la prueba. La reducción de la pena a 8 meses de prisión condicional responde a la evaluación del grado de lesión y la gravedad del hecho, considerando también la conducta del imputado en el contexto del proceso.

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