BENEGAS, ELIAS EMANUEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Apelaciones revocó la absolución de Elías Emanuel Benegas y lo condenó a 17 años de prisión por homicidio agravado, tentativa y portación de arma de guerra. La decisión se fundamentó en la valoración de pruebas y en la existencia de indicios sólidos contra el imputado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fiscalía interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que absolvió a Elías Emanuel Benegas de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, tentativa de homicidio y portación ilegítima de arma de guerra. La Cámara analizó los agravios relacionados con la valoración de la prueba testimonial y las escuchas telefónicas, concluyendo que la declaración de la víctima, Brisa Ojeda, era creíble y coherente con las pruebas balísticas y periciales. Además, se evidenció la participación de Benegas en la conducción del vehículo desde el cual se efectuaron los disparos, y en la planificación del hecho, a través de llamadas telefónicas interceptadas en las que se evidenció el intento de impedir su reconocimiento por parte de la víctima. La sentencia de primera instancia fue revocada y se impuso una condena de 17 años de prisión al imputado, considerando la gravedad del hecho, la planificación previa y las circunstancias delictivas, así como la ausencia de antecedentes penales en su haber. La Cámara fundamentó que la valoración de la prueba había sido correcta y que la evidencia probatoria era suficiente para sostener la responsabilidad penal de Benegas en los delitos imputados.
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