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YAN, WENYAN c/ MUNICIPALIDAD DE SAN JUSTO s/ AMPARO

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó el recurso de apelación de la Municipalidad de San Justo contra la sentencia que declaró la extinción del objeto del proceso por dictado de resolución administrativa que resolvió el reclamo del actor. La decisión se fundamenta en que el acto administrativo extingue la materia y que la conducta de la parte demandada provocó la sustracción de materia.

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- Quién demanda: Wenyan Yan (actora)

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Justo (demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por mora administrativa respecto de un acto administrativo que no fue respondido en tiempo y forma, solicitando autorización para la instalación de un autoservicio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la apelación de la demandada y confirmó que la resolución administrativa N° 335/2018, dictada el 05/10/2018, extingue el objeto del proceso por haberse dictado en respuesta a un reclamo administrativo y por la conducta de la parte demandada que provocó la sustracción de materia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El hecho de haberse dictado por la demandada la resolución objeto de la pretensión de la amparista (fs. 12/14) extinguió el objeto de la demanda. La sustracción de materia se produce por la directa incidencia que provoca la conducta de quien (a postrer de notificarse de la acción) dictó el acto administrativo que reclamaba la amparista." La sentencia también destaca que la conducta insistente de la actora para obtener respuesta y la omisión de la administración generaron la extinción del objeto. La jurisprudencia cita que "la forma pretoriana extintiva del proceso civil, conocida como 'sustracción de materia', involucra, en su vertiente tradicional, el caso en que la materia justiciable deja de ser tal, puesto que sólo hay caso justiciable mediando una cuestión concreta y no abstracta." La Cámara concluye que "la imposición de las costas al demandado, en las particulares circunstancias del sub examine, aparece razonable y justa." "El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada será rechazado, y las costas de la Alzada se impondrán a la recurrente vencida."

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