CZECH, FABIAN RUPERTO c/ IAPOS s/ AMPAROS - HABEAS DATA
La Cámara de Santa Fe rechazó el recurso de apelación contra la declaración de inadmisibilidad de la acción de amparo por falta de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la negativa de cobertura de la obra social IAPOS. La sentencia fue confirmada por su fundamentación técnico-científica y valoración de prueba.
- Quién demanda: Fabian Ruperto Czech, en ejercicio del amparo por la negativa de cobertura de un tratamiento médico.
¿A quién se demanda?
IAPOS, obra social demandada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura integral para compra de leche fortificada Nido Fortigrow y reintegro de sumas abonadas por tratamientos no cubiertos.
¿Qué se resolvió?
Se dictaminó que la acción de amparo era inadmisible, por no acreditar la existencia de acto manifiestamente ilegal o arbitrario que afectara derechos constitucionales, y que la respuesta de la obra social se encontraba fundamentada en informes médicos y técnico-científicos, sin evidencia de arbitrariedad evidente. Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró inadmisible la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De las constancias de la causa y el relato de los hechos expuestos por las partes no podía vislumbrarse que el accionar de la demandada pudiera ser calificado como arbitrario o ilegítimo, en tanto aquélla había cumplido con las prestaciones asistenciales que el amparista le requirió en orden a su diagnóstico." "El informe del médico auditor del IAPOS aclaró que los requerimientos nutricionales del afiliado podían ser cubiertos con alimentación convencional adecuada, y que la patología alegada no estaba objetivada ni respondía a un tratamiento con leche en polvo." "El amparista no acreditó fehacientemente que la indicación terapéutica de su médica particular constituyera una terapia insoslayable y de extrema necesidad que le impidiera acudir a otros tratamientos alternativos para obtener resultado similar." "Las probanzas no evidencian un acto manifiestamente ilegítimo o arbitrario, sino una fundamentación técnico-científica de la negativa, sin que exista prueba que demuestre la existencia de un acto arbitrario o lesivo de derechos constitucionales." Disidencias: no se registran votos disidentes relevantes.
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