MEZA, BRIAN; PAUTASSO, CARLA; BORZONE, MARIO GUILLERMO Y LABEDZKI, GEORGINA SOLEDAD -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MEZA, BRIAN; PAUTASSO, CARLA; BORZONE, MARIO GUILLERMO Y LABEDZKI, GEORGINA SOLEDAD s/ HOMICIDIO CULPOSO-RECHAZO SOLICITUD DE SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que confirmó la negativa a la suspensión del juicio a prueba en un caso de homicidio culposo. La resolución se fundamentó en que los argumentos del recurso no constituían cuestión constitucional y que la decisión judicial fue razonable y fundada.
¿Quién es el actor?
La defensa técnica de Mario Guillermo Borzzone, Brian Ezequiel Meza, Carla Daniela Pautasso y Georgina Soledad Labedzki.
¿A quién se demanda?
La resolución del Colegio de Cámara de Apelación en lo penal de la segunda Circunscripción Judicial, doctora Carolina Hernández.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la decisión que confirmó la rechazo de la suspensión del juicio a prueba, alegando vulneración de garantías constitucionales y derechos fundamentales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó la queja y confirmó la legalidad y fundamentación de la decisión judicial de primera instancia y de la Cámara de Apelaciones, señalando que los planteos no constituyen cuestiones constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que los planteos de la defensa solo reflejan disenso con la interpretación de las normas procesales y de derecho común, no configurando una cuestión constitucional. La resolución atacada cuenta con una fundamentación suficiente, en la cual se argumenta que la oposición de la fiscalía y la querella a la suspensión del juicio a prueba estaba justificada en la entidad de los hechos, las penas solicitadas y la extensión de la inhabilitación. La Corte afirmó que "los planteos no constituyen cuestión constitucional alguna cuando, como ocurre en este supuesto, la magistrada, brindó argumentos suficientes para considerar que en el presente correspondía confirmar el rechazo de la aplicación de la suspensión del juicio a prueba". Además, concluyó que no existía arbitrariedad ni ilegalidad en la decisión, y que la queja no podía prosperar por ser un desacuerdo meramente interpretativo sin alcance constitucional.
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