FORNERIS, CLAUDIO MIGUEL c/ MANETTI, JUAN IGNACIO Y OTROS s/ COBRO DE PESOS POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y REMOCION DE FIDUCIARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe desestimó el recurso de nulidad y modificó parcialmente la sentencia de grado, revocando la remoción del fiduciario, por considerar que la pretensión de remoción carece de interés jurídico y que la nulidad no fue debidamente fundada.
- Quién demanda: El actor (parte demandante en la causa original)
¿A quién se demanda?
La parte demandada y el fiduciario Fausto Gómez Varas
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de la sentencia por supuestos vicios en la citación y emplazamiento, y la remoción del fiduciario del Fideicomiso Güemes 3672
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de nulidad y, en el análisis de la apelación, revocó en parte la fallo de grado, manteniendo la condena en cuanto a la obligación de pago, pero rechazando la remoción del fiduciario, por considerar que no existía interés jurídico en esa pretensión y que la remoción no había sido adecuadamente solicitada en la primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de nulidad resulta inatendible, dado que la nulidad pretendida no fue debidamente fundamentada ni promovida en la instancia correspondiente, y la jurisprudencia provincial es clara en que la nulidad del emplazamiento no puede discutirse mediante recurso de nulidad sino mediante incidente de rescisión (arts. 83 y ss. CPCC)." "Respecto a la cuestión de la remoción del fiduciario, la sentencia de grado resolvió que no correspondía, ya que el actor carecía de interés jurídico en la misma, dado que su pretensión no era buscar el cumplimiento contractual sino obtener la restitución de sumas abonadas por incumplimiento, sin intención de ingresar o integrar el fideicomiso. La Cámara consideró que la remoción del fiduciario no podía ser ordenada sin un interés jurídico concreto y que la pretensión de remoción no había sido adecuada ni en la primera instancia ni en la apelación, por lo que se confirmó la decisión de no remover al fiduciario." "Se concluye que la pretensión de nulidad no fue fundada en forma válida, y que la remoción del fiduciario, además de no tener interés jurídico, no fue solicitada en la forma procesal adecuada, por lo que procede mantener la sentencia en ese aspecto."
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