MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB ATLETICO FRANCK c/ METRO URBANO S.A. s/ EJECUCION PRENDARIA - RECURSO DIRECTO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó el rechazo del recurso de apelación en subsidio y ordenó que las actuaciones vuelvan a su origen, corrigiendo un error del juez de primera instancia en la admisibilidad y modo de concesión del recurso.
- Quién demanda: La parte actora, en el marco de una ejecución prendaria contra la Sociedad Metro Urbano S.A.
¿A quién se demanda?
La Sociedad Metro Urbano S.A. (demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La ejecución del cobro del capital reclamado, incluyendo intereses, y la venta en pública subasta de los bienes embargados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la queja interpuesta por el apoderado de la demandada, revocando el decreto que había revocado la concesión del recurso de apelación en subsidio y ordenando que las actuaciones vuelvan a su origen para sustanciarlas con intervención de un Tribunal de Ejecución Unificada, corrigiendo un error en la forma en que se había tratado la admisibilidad del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El decreto de fecha 31.08.2020 contiene un error, al revocar una providencia mediante la cual la Sra. jueza ya había concedido el recurso intentado, en subsidio, por la aquí quejosa. Es que si el apoderado de la ejecutante pretendía la declaración de extemporaneidad de dicho remedio procesal, no correspondía que articulara contra la misma un 'recurso de reposición con apelación en subsidio' (v. fs. 7 vto./8) -cuya improcedencia viene dada por el art. 355 del CPCyC-, sino que debía aguardar a la etapa pertinente contemplada al efecto, y formularla ante el órgano jurisdiccional que la norma indica." Disidencia: No se reportan votos en disidencia, la decisión fue unánime en aceptar la queja y revocar el fallo de primera instancia.
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