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P., G. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL P., G. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera, confirmando la validez del fallo que condenó a un imputado por abuso sexual con acceso carnal. La Cámara evaluó la prueba y fundamentos con razonabilidad y sin arbitrariedad.

Arbitrariedad Proceso penal Derechos constitucionales Prueba testimonial y pericial Valoracion probatoria Sentencia confirmada Recurso de inconstitucionalidad Condena por abuso sexual Santa fe Derechos del nino.

Actor: La defensa del imputado P., G. Demandado: La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Vera. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 260, del 9 de septiembre de 2020, por supuesta arbitrariedad probatoria y vulneración de derechos constitucionales. Decisión: La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por inconstitucionalidad, confirmando la validez del fallo de la Cámara que confirmó la condena de 7 años por abuso sexual con acceso carnal, basada en un análisis exhaustivo y motivado de las pruebas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La impugnación no logra demostrar arbitrariedad o afectación de principios constitucionales, ya que los agravios son una mera disconformidad con la valoración probatoria y no evidencian errores fácticos o violaciones constitucionales. La queja adolece de defectos de autosuficiencia y omite un relato completo y objetivo de los hechos y pruebas, lo que impide su consideración. La valoración de las pruebas por parte de la Cámara fue razonable y fundada, incluyendo testimonios, informes médicos y declaraciones de profesionales, sin que exista arbitrariedad en su análisis. No se demuestra que el Tribunal haya vulnerado el principio de contradicción, el derecho de defensa, ni que haya valorado indebidamente la prueba. La revisión de la sentencia confirma que la decisión se ajustó a la normativa y a la sana crítica racional, sin que exista una justificación para abrir la vía del recurso de inconstitucionalidad. La Corte concluye que las alegaciones son insuficientes, reiterativas y que no configuran arbitrariedad o vulneración constitucional, por lo cual se resuelve el rechazo de la queja.

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