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SANDOVAL, LUCAS MATIAS s/ TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

La Cámara de Apelaciones de Rosario confirmó la sentencia que condenó a Lucas Matías Sandoval a once años de prisión por tentativa de homicidio agravado, considerando que la prueba en juicio demuestra su participación en el hecho y que la valoración de la prueba fue racional y ajustada a derecho.

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- Quién demanda: La Fiscalía y la parte acusadora, en representación del Estado, y en defensa Lucas Matías Sandoval.

¿A quién se demanda?

Lucas Matías Sandoval.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la condena y la resolución del recurso de apelación presentado por la defensa, solicitando la absolución o reducción de pena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que lo condenó por tentativa de homicidio agravado, valorando la prueba y la mecánica de los hechos, y rechazando los agravios de la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El fallo apelado realizó una adecuada valoración de la prueba, en especial los testimonios de las víctimas y los registros de audio y video, donde se demostró la participación de Sandoval en el hecho. La coherencia y persistencia del relato de las víctimas, sumado a la evidencia objetiva, permiten concluir que Sandoval estuvo y participó en el hecho, en concierto con otros, en una acción coordinada y con intención de quitarles la vida. La valoración de la prueba fue racional, congruente y respetó las reglas de la sana crítica. La teoría del dominio funcional del hecho y de la co-autoría han sido aplicadas correctamente, sin vulnerar principios constitucionales o el derecho de defensa. La contradicción en los testimonios no alcanza a invalidar la conclusión probatoria, dado el contexto de vulnerabilidad y estado de alcohol de las víctimas, y la lógica del conjunto de la prueba. La participación de Sandoval en el hecho, en concierto y con conocimiento del peligro, está debidamente acreditada, y la calificación jurídica de coautoría en tentativa de homicidio resulta adecuada." La Cámara concluyó que no existía vulneración alguna al debido proceso, ni a las garantías constitucionales, y que la valoración probatoria fue adecuada.

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