GARCIA, CARLOS OSVALDO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CARLOS OSVALDO GARCIA Y OTROS s/ ESTRAGO CULPOSO AGRAVADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la absolución de varios imputados en un caso de explosión y estrago culposo. La decisión se basó en la valoración de la prueba y la fundamentación jurídica del tribunal de grado.
- Quién demanda: La representación técnica de la Querella (acusación).
¿A quién se demanda?
La resolución 88 del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de la Segunda Circunscripción Judicial, que confirmó la absolución de los imputados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La inconstitucionalidad de dicha resolución, alegando arbitrariedad, errores en la valoración de pruebas, aplicación de ley no vigente y errores en el análisis del riesgo y responsabilidad de los imputados.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja y confirmó la validez de la fallo de la instancia inferior, considerando que las alegaciones no demostraron arbitrariedad ni violación constitucional. La sentencia analizó, entre otros aspectos, la operabilidad de la válvula de bloqueo del gas, la responsabilidad del gasista García, y la posible responsabilidad residual de los agentes de la empresa Litoral Gas. Se sostuvo que las constancias del proceso y la valoración probatoria justificaban la decisión, y que los argumentos del recurrente no alcanzaban a demostrar un apartamiento del ordenamiento constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La quejosa no logra demostrar que las apreciaciones efectuadas por la Alzada encuadren en alguna hipótesis de arbitrariedad o de afectación a mandas constitucionales, y sus agravios sólo constituyen un mero disenso con la interpretación de los jueces inferiores, que se encuentra amparado por la lógica y la sana crítica. La valoración probatoria y la fundamentación del tribunal de grado están en línea con la normativa aplicable y la jurisprudencia vigente." Asimismo, se destacó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad y que no se demostraron errores que justificaran la intervención de la Corte.
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