B., J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL B., J. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que autorizó una entrevista en Cámara Gesell en un caso de abuso sexual. La decisión se fundamentó en la falta de carácter definitivo de la resolución y en la inexistencia de gravamen irreparable.
Actor: La defensa de J. B. Demandado: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (a través del Colegio de Cámara Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial) Objeto: La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la auto 104 del 10 de mayo de 2021, que confirmó la autorización de entrevista en Cámara Gesell en un expediente por abuso sexual. Decisión: La Corte rechazó la queja argumentando que la resolución impugnada no es definitiva y no cumple con los requisitos para la vía extraordinaria, además de que las alegaciones de vulneración constitucional no demostraron un gravamen irreparable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pronunciamiento sometido a control de constitucionalidad no reúne tal carácter en los términos del dispositivo citado. Sin perjuicio de las postulaciones defensivas vinculadas con la interpretación de normas procesales, lo cierto es que la resolución impugnada consiste en la confirmación de un decisorio que ordena la producción de una medida probatoria como anticipo jurisdiccional de prueba -entrevista en Cámara Gesell de la adolescente R.Y.B. la que, según disposición del magistrado de grado, podrá ser seguida por el imputado a través de la aplicación zoom-; pronunciamiento éste que carece, evidentemente, de la mentada exigencia." "Frente a ello, la presentante no persuade a esta Corte, de la existencia de un gravamen irreparable que permita sortear la ausencia del recaudo de definitividad, en tanto se limita a oponerse a la realización de la medida, invocando de manera genérica la afectación de garantías constitucionales -concretamente, del derecho de defensa-, mas tales alegaciones, por la forma en que han sido planteadas, carecen de entidad a los fines de evidenciar la irreparabilidad pretendida. Y, en este sentido, cabe recordar que la mera invocación del menoscabo de mandas constitucionales, como en el caso, sin explicar cómo tales derechos podrían ser lesionados, determina 'per se' la inadmisibilidad de tal planteo." "Asimismo, la indeterminada alusión a la existencia de 'gravedad institucional', carece igualmente de andamiaje a los fines de la vía extraordinaria, en tanto se apoya en meras generalidades y no en una argumentación seria y concreta que demuestre, de manera indudable, que la cuestión trasciende el mero interés particular de la compareciente." "En suma, frente a la ausencia del requisito de definitividad que se deriva del artículo
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