Logo

RODRIGUEZ GRANTHON, JULIO ANDRES s/ QUEBRANTAMIENTO DE INHABILITACION JUDICIALMENTE IMPUESTA s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó una condena por quebrantamiento de inhabilitación judicial, considerando que la impugnación presenta elementos de arbitrariedad y violación de derechos constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Jurisprudencia Derechos constitucionales Condena penal Interpretacion constitucional Unificacion de penas Revocacion de condicionalidad Santa fe.


- Quién demanda: La representante del Ministerio Público de la Acusación (Fiscalía)

¿A quién se demanda?

Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad del acuerdo 757 del 9 de septiembre de 2020, que confirmó la sentencia condenatoria de Julio Andrés Rodríguez Granthon por quebrantamiento de la inhabilitación judicial, alegando que la interpretación jurídica aplicada viola derechos constitucionales y principios legales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando su elevación para su trámite correspondiente y considerando que la impugnación presenta fundamentos que justifican su análisis en esta instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la lectura del memorial recursivo, se advierte que las postulaciones de la representante del Ministerio Público de la Acusación cuentan con suficiente asidero en las constancias de la causa, e importan articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad y afectación de derechos constitucionales con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria." "Se advierte que las postulaciones de la recurrente presentan elementos que justifican su consideración en esta instancia, por lo que procede admitir la queja y otorgar el recurso de inconstitucionalidad." Disidencia del Ministro Erbetta: El ministro Erbetta sostuvo que la queja no debería prosperar, pues la impugnación solo reflejaba disenso con la decisión de la Cámara en cuanto a la interpretación del artículo 27 del Código Penal y la revocación de la condicionalidad de la pena, sin evidenciar arbitrariedad o violación constitucional. Argumentó que la decisión judicial fue fundamentada en precedentes y en la interpretación constitucional adecuada, y que la Corte no debe sustituir la labor de los tribunales ordinarios en cuestiones de hermenéutica legal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar