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JAIME, EDUARDO MARCELO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. -ENFERMEDADES LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que revisó una liquidación salarial en un caso de incapacidad laboral. El tribunal consideró que la decisión no vulnera garantías constitucionales y que la impugnación busca renovar un debate agotado en instancias anteriores.

Incapacidad laboral Debido proceso Jurisprudencia Derecho de propiedad Garantias constitucionales Liquidacion salarial Recurso de inconstitucionalidad Valoracion economica Santa fe. Revision oficiosa


¿Quién es el actor?

El trabajador EDUARDO MARCELO JAIME.

¿A quién se demanda?

La Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad de la sentencia que revisó la liquidación de la indemnización por incapacidad laboral, alegando que vulnera la garantía a un debido proceso y el derecho de propiedad, y que la liquidación fue hecha con errores y sin fundamentación adecuada.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja, confirmando que la resolución no presenta un apartamiento palmario del fallo final ni causa un agravio de imposible reparación, y que la revisión de la liquidación fue razonada, basada en comparaciones económicas y en jurisprudencia adecuada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los argumentos aportados en la presentación directa efectuada ante esta Corte, en su cotejo con los fundamentos -antes reseñados
- que se explicitan en el auto denegatorio, conducen a la conclusión de que el quejoso no ha cumplido adecuadamente con la carga impuesta por el artículo 8 de la ley 7055 de rebatir cada uno de los motivos invocados por el A quo al denegar la concesión del recurso...su discurso no logra demostrar la irrazonabilidad de lo afirmado por la Sala en cuanto a que los planteos del recurrente carecían de sustancia constitucional e implicaban su disenso con la respuesta adoptada en el ejercicio de funciones privativas..." "los Magistrados confirmaron lo decidido por el Juez de baja instancia atento entender que el mismo contaba con facultades para revisar oficiosamente los montos de la liquidación, brindando razones de por qué optó por ellos, y a los fines de avalarlos entendió necesario efectuar determinadas comparaciones económicas..." "la Alzada tomó en cuenta los pisos establecidos por leyes y resoluciones vigentes, y comparó con los montos reclamados, concluyendo que la liquidación era razonable y proporcional, en línea con jurisprudencia constitucional y provincial." "la pretensión del quejoso es renovar un debate ya agotado en las instancias ordinarias, sin cuestionar la validez de la sentencia, la cual se fundamenta en consideraciones razonadas que satisfacen las exigencias constitucionales."

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