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B., M. V. c/ V., O. Y OTRO -DEMANDA ORDINARIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la denegatoria de la misma por parte de la Cámara de Venado Tuerto, por considerar que la impugnación mostraba una posible arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): La actora en la causa "B., M. V. contra V., O. Y OTRO" A quién se demanda (Demandado): La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto Qué se reclama (Objeto de la demanda): Impugnar la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de reducir los montos indemnizatorios por daño estético y moral, y rechazar una cirugía adicional, alegando arbitrariedad y violaciones constitucionales. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando el traslado de los autos principales y la continuación del trámite correspondiente. La Corte consideró que las argumentaciones presentadas por la actora tenían seriedad suficiente para abrir la instancia extraordinaria, sin adelantar opinión sobre la procedencia del fondo de la cuestión. Fundamentos principales de la decisión: "Se advierte que las postulaciones de la recurrente importan prima facie articular con seriedad planteos que pueden configurar una hipótesis de arbitrariedad y vulneración de derechos y garantías constitucionales con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria. Dicho esto, en una apreciación mínima y provisoria propia de este estadio y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación." "Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe RESUELVE: Admitir la queja y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad. Disponer que por Presidencia se requiera la elevación de los autos principales y se les imprima el trámite que corresponda."

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