BASUALDO, MARIA DEL CARMEN c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la decisión de casar la sentencia que condenó a la Provincia de Santa Fe por daños y perjuicios, aplicando la prescripción extintiva por el curso del tiempo transcurrido desde el hecho dañoso y la interposición del reclamo administrativo previo.
- Quién demanda: María del Carmen Basualdo (actora)
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por la muerte de Iván Julio Mosqueda ocurrida en un hecho ocurrido el 26/02/02, y la correspondiente indemnización por daño moral y daño económico por pérdida de chance.
¿Qué se resolvió?
La Cámara concluyó que la acción de daños y perjuicios se encontraba prescrita al momento de interponer la demanda, ya que el plazo de dos años previsto en el art. 4037 del Código Civil había sido vencido, considerando la interrupción por el reclamo administrativo previo y la declaratoria de pobreza.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El hecho dañoso ocurrió el 27/02/2002, y la demanda fue presentada el 20/12/2012, más de 10 años después, por lo que la acción ya había prescripto según el artículo 4037 del Código Civil, que regula el plazo de dos años para acciones por daños. La reclamación administrativa previa, interpuesta en 2004, no interrumpió la prescripción 'sine die', sino que solo suspendió su curso hasta la obtención de la acción judicial expedita, lo cual ocurrió en 2007, pero la demanda de declaratoria de pobreza se interpuso en 2007 y ya había expirado el plazo de prescripción. La jurisprudencia de la Corte de Santa Fe, en "Vallejos", avala que el reclamo administrativo interrumpe la prescripción solo hasta que la acción judicial queda expedita, y en este caso, ese momento ocurrió en 2007, cuando ya había transcurrido el plazo de dos años desde 2004. Por ello, la acción estaba prescrita al momento de su interposición, por lo que corresponde casar la sentencia en alzada y rechazar la demanda con costas."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: