LUNA, RUBEN DARIO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Rosario confirmó la sentencia que condenó a Luna por homicidio agravado y portación ilegal de arma, pero modificó la calificación legal a homicidio doloso con dolo directo, manteniendo la pena de 13 años, tras evaluar la valoración probatoria y las dudas razonables en la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Rosario revisó una sentencia que absolvió a Rubén Darío Luna en un primer juicio y lo condenó en otro por homicidio agravado y portación ilegal de arma, con una pena de 13 años. La fiscalía cuestionó la valoración de las pruebas y la valoración de la prueba testimonial, alegando que el tribunal no consideró toda la prueba ni valoró adecuadamente los testimonios de cargo. La defensa argumentó que la valoración probatoria fue parcial, que existían dudas sobre la responsabilidad y que no se acreditó la portación de arma. La Cámara analizó las declaraciones de testigos presenciales, informes balísticos, autopsia y las contradicciones en los testimonios, concluyendo que la duda razonable y la valoración integral de la prueba justificaban la confirmación de la absolución en el primer caso y la condena en el segundo, con la modificación de la calificación legal a homicidio doloso en lugar de culposo. La Cámara también rechazó los agravios sobre la agravante del arma y la portación, manteniendo la pena de 13 años, y descartó la figura de abuso de armas por falta de fundamentación suficiente.
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