SAMANIEGO, LUIS ALBERTO Y ALVAREZ, AGUSTIN DANIEL s/ HOMICIDIO CALIFICADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA Y AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACION DE COSAS DE PROCEDENCIA SOSPECHOSA.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de 17 años para Alvarez y 13 años para Samaniego por tentativa de homicidio y otros delitos asociados, tras valorar la prueba y la participación en el plan delictivo, reforzada por evidencia digital y testimonios.
- Quién demanda: La Fiscalía y la parte acusadora en general.
¿A quién se demanda?
A Luis Alberto Samaniego y Agustín Daniel Alvarez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por tentativa de homicidio calificado, portación ilegítima de arma y encubrimiento, y la ratificación de la pena impuesta en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, elevando la pena a 17 años para Alvarez y 13 años para Samaniego, tras analizar la materialidad del hecho, la participación de los imputados, la calificación legal y la validez de la prueba digital y testimonios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala valora la prueba de cargo que incluye testimonios de la víctima, familiares y policías, que describen la persecución y secuestro de la moto y armas, ratificada por informes balísticos y análisis forense. La prueba digital del teléfono de Alvarez, que revela mensajes de pacto delictivo de pago por homicidio, es considerada de suma gravedad y validez, ya que "la prueba del encargo remuneratorio en estos casos debe reputarse en lo que la doctrina procesal entiende una prueba difícil". La vinculación de Alvarez con la compra y uso del arma, así como la participación en la planificación, fue comprobada con evidencia testimonial, peritajes y mensajes de WhatsApp. La defensa intentó cuestionar la credibilidad de la víctima y la validez de las pruebas, pero la Sala sostiene que la evidencia es sólida y concluyente. La pena fue ajustada en atención a los atenuantes y circunstancias del caso, y la sentencia de primera instancia fue confirmada en todos sus términos.
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