DE LOS SANTOS, HECTOR MANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL DE LOS SANTOS, HECTOR MANUEL s/ QUEJA-QUEJA POR APELACION DENEGADA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe desestimó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que rechazó la queja por apelación denegada, confirmando la validez del juicio oral llevado a cabo mediante videoconferencia, en atención a la inexistencia de gravamen irreparable.
- Quién demanda: Defensa de Héctor Manuel De los Santos.
¿A quién se demanda?
Juez del Colegio de Jueces Penales de segunda instancia de la segunda Circunscripción, doctor Beltramone.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad por la supuesta falta de fundamentación y violación de garantías constitucionales, por la realización del juicio por videoconferencia sin la presencia física del imputado y algunos jueces, y la denegación del recurso de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó el recurso de inconstitucionalidad por considerar que la causa había perdido actualidad y que el juicio oral se había llevado a cabo en condiciones que garantizaban la validez del proceso, destacando que la sentencia definitiva ya fue dictada y que no subsisten los agravios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de la causa revela que en definitiva, el juicio oral y público se realizó en condiciones de inmediación, aunque algunas audiencias se llevaron a cabo por videoconferencia debido a la situación epidemiológica, sin que ello afectara la validez del proceso. La resolución impugnada, que rechazó la queja por apelación denegada, no incurrió en falta de fundamentación, sino que se basó en que la causa había concluido con la sentencia definitiva y que los agravios defensivos carecían de actualidad. Además, la Corte resaltó que 'el derecho a la jurisdicción no importa sino la posibilidad de obtener una sentencia útil', y que en este caso, la sentencia ya fue dictada, por lo que el planteo de inconstitucionalidad resulta inoficioso y la causa debe ser desestimada por sustracción de la materia."
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