CFN S.A. c/ FONTANA, MARCELO RENE s/ JUICIO ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista confirmó la sentencia que rechazó la demanda por falta de prueba suficiente, considerando que el pagaré de consumo no cumplía con los requisitos legales y que la acción ejercida fue la causal, no la cambiaria.
- Quién demanda: CFN SA (anteriormente Confina Santa Fe SA)
¿A quién se demanda?
Marcelo René Fontana
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $11.759,58 con intereses moratorios y punitorios, garantizado con un pagaré.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia que rechazó la demanda fue confirmada por la Cámara, argumentando que la prueba del contrato de mutuo no era suficiente y que el pagaré no cumplía con los requisitos de la Ley de Defensa del Consumidor, por lo que no podía considerarse título ejecutivo válido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia apelada fundamentó que la prueba no era suficiente para demostrar el mutuo, calificándola de frágil y que la autenticidad del pagaré, a pesar de la pericial caligráfica, no era suficiente sin un elemento que corroborara la existencia del contrato de préstamo. La Cámara recordó que el libramiento de un pagaré no extingue la relación fundamental de causa, salvo que expresamente se establezca lo contrario. Además, reiteró que en los casos de pagaré de consumo, el título debe cumplir con requisitos específicos del art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor, que en este caso no estaban satisfechos, como la descripción del costo financiero total, método de cancelación de intereses y gastos asociados. La decisión fue confirmar la sentencia de rechazo por insuficiencia probatoria y por incumplimiento de requisitos legales en el título, con costas a la parte recurrente. La Cámara también aclaró que la elección por la vía ordinaria no implica la pérdida del carácter de título ejecutivo, pero requiere la comprobación de los requisitos legales correspondientes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: