FERNANDEZ, ROQUE EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL FERNANDEZ, ROQUE EZEQUIEL s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA BLANCA EN GRADO DE TENTATIVA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que confirmó la condena y rechazó la unificación de penas basada en la interpretación de normas penales y precedentes judiciales. La mayoría sostuvo que no hubo arbitrariedad en la resolución.
Actor: El representante del Ministerio Público de la Acusación Demandado: Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de la Segunda Circunscripción Judicial Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución 131 del 7 de abril de 2021, que confirmó la condena de Roque Ezequiel Fernández y rechazó la unificación de pena solicitada, por considerar que no derivó razonadamente del derecho vigente. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja, confirmando que la resolución impugnada no evidencia arbitrariedad ni vulneración constitucional, pues basó su decisión en precedentes y en la interpretación de las normas aplicables, siendo la postura de la mayoría.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El desarrollo de sus agravios demuestra tan sólo su mero disenso con la confirmación por la Alzada del rechazo en el caso de su pedido de unificación de penas. En efecto, postula la recurrente que las normas penales en juego debieron interpretarse de modo diferente y que, siguiendo su razonamiento, correspondía revocar la libertad asistida del condenado -por comisión de nuevo delito
- y unificar la pena anterior con la actual, concluyendo, por tanto, que el rechazo de su solicitud resulta arbitrario. Sin embargo, de la lectura del fallo impugnado surge que las magistradas arribaron a dicha conclusión con base en la aplicación de los precedentes "Ayala" y "Aranguiz" de este Tribunal y frente a tal temperamento, no demuestra la quejosa la presencia de un supuesto de arbitrariedad o afectación de normas de jerarquía constitucional que determine la habilitación de la vía intentada."
"Ante tal motivación, las alegaciones por arbitrariedad que invoca la compareciente lucen insuficientes para descalificar la resolución desde la óptica constitucional, dejando entrever -como se dijo
- tan sólo su disconformidad con el modo en que fue resuelta la causa y con la interpretación efectuada de normas de derecho común referidas a la unificación de penas y libertad asistida, mas sin acreditar que lo decidido implique un apartamiento normativo, o bien que hubiera contrariado disposiciones superiores."
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