RUGGIRELLO, MARTA ANA c/ CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia del Tribunal de origen, por considerar que no se cumplen los requisitos de definitividad y gravamen constitucional establecidos por la ley 48 y la acordada 4/2007. La decisión se fundamenta en que la recurrente no logró acreditar la existencia de supuestos que permitan excepcionar la naturaleza definitiva de la decisión impugnada, además de que el recurso no cumple con los recaudos formales y sustanciales necesarios para su aceptación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La accionada (CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SA) interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia dictada por la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario.
- La corte provincial evaluó si se cumplían los requisitos legales para conceder el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y concluyó que no.
- La corte señaló que: "El recurso deducido por la accionada contra el decisorio de esta Corte no cumple con los recaudos de definitividad y de gravamen constitucional concreto y actual, dispuestos por los artículos 14 de la ley 48 y 3 -incisos a) y c)
- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
- Además, destacó que: "Frente a esto, la recurrente no logra acreditar la presencia de supuestos que permitan excepcionar el carácter de definitividad exigida en la decisión impugnada, sin que dicho requisito pueda suplirse mediante la alegación de garantías constitucionales supuestamente quebrantadas ni por la pretendida arbitrariedad de la resolución."
- La corte concluyó que: "la cuestión, tal como ha sido planteada, no resulta idónea para operar la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48."
- En consecuencia, se resolvió: "Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con costas."
- La sentencia fue firmada por los ministros Gutiérrez, Erbetta, Falistocco, Gastaldi, Netri y Spuler, y la secretaria Portilla, en la fecha 9 de febrero de 2022.
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