A., F. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., F. A. s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR RELACION DE PAREJA MEDIANDO CONVIVENCIA, SIENDO LA VÍCTIMA UNA MUJER Y MEDIARE CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial deniega el recurso extraordinario presentado contra la sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un caso de homicidio agravado por relación de pareja y violencia de género. La decisión se fundamenta en la incumplimiento de los requisitos formales y la falta de argumentos sólidos del recurrente.
- Quién demanda: El imputado "A." en calidad de recurrente.
¿A quién se demanda?
La Corte de la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que denegó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la validez del rechazo de la queja y la fundamentación de la sentencia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señala que el recurso presentado no cumple con los requisitos del artículo 3 incisos "d" y "e" del reglamento de la acordada 4/2007, al no refutar todos los argumentos del pronunciamiento impugnado ni demostrar la relación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido en el caso. El recurrente se limita a reiterar cuestionamientos anteriores respecto a la arbitrariedad y la violación de garantías constitucionales, sin aportar nuevos argumentos que demuestren que la decisión fue contraria al derecho o que haya sido dictada con arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales. La Corte destaca que los argumentos del recurrente son reiterativos y no logran desvirtuar las fundamentaciones del Tribunal de origen, que ya abordaron y rechazaron los agravios relacionados con la valoración probatoria, la configuración del agravante y la pena aplicada. Se recuerda que la invocada vulneración del derecho de defensa y la valoración de las probanzas carecían de sustento en la causa, y que el desacuerdo respecto a la hermenéutica de las normas penales y la pena de prisión perpetua no constituyen cuestiones federales que habiliten la vía excepcional. La Corte concluye que no se evidencian cuestiones federales que justifiquen la concesión del recurso y que, en consecuencia, corresponde denegar su acceso.
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