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ARZAMENDIA, PEDRO c/ EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA s/ JUICIO ORDINARIO

La Cámara de Santa Fe modificó parcialmente la sentencia en un caso de disputa por conexión eléctrica y daños morales. La Cámara condenó a la empresa pública a pagar una indemnización por daño moral de $80.000 y una multa civil por menosprecio y omisiones en la información al consumidor.

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- Quién demanda: Pedro Arzamendia

¿A quién se demanda?

Empresa Provincial de la Energía (EPE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

conexión eléctrica en su vivienda, daños morales y multa civil por incumplimiento y trato indigno

¿Qué se resolvió?

se condena a la empresa a pagar $80.000 por daño moral y multa civil, se declara la responsabilidad y se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal concluyó que la conducta de la EPE violó el derecho a la información y al trato digno del consumidor, al no informar adecuadamente sobre los requisitos y condiciones para la conexión y por prolongar indebidamente la situación de falta de servicio, causando un daño moral evidente. La falta de información clara y la demora en responder vulneraron la dignidad del actor, afectando su tiempo y bienestar, por lo que corresponde una reparación de daños y una multa por menosprecio de derechos. La conducta omisiva y la indiferencia de la empresa, en un servicio esencial, constituyen un acto de menosprecio que justifica la sanción punitiva, en un caso de particular gravedad.

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