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CARMELINO, DAVID JESUS s/ ROBO CALIFICADO POR HABER CAUSADO LESIONES GRAVES O GRAVISIMAS Y POR HABERSE EMPLEADO ARMA DE FUEGO APTA PARA EL DISPARO EN CONCURSO IDEAL Y EN GRADO DE TENTATIVA EN CONCURSO REAL CON PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL

La Cámara de Apelaciones confirma la condena de trece años de prisión a David Jesús Carmelino por delitos de robo calificado y portación ilegítima de arma de fuego, tras valorar correctamente las pruebas y fundamentar la sentencia.

Recurso de apelacion Prueba testimonial y pericial Sentencia confirmada Uso de arma de fuego Calificacion juridica Delitos contra la propiedad Robo calificado Lesiones graves y gravisimas Concurso real y ideal de delitos Pena efectiva 13 anos


¿Quién es el actor?

La Fiscalía y la Defensa (recurso de apelación).

¿A quién se demanda?

A David Jesús Carmelino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revocación o modificación de la sentencia condenatoria, solicitando la aplicación del art. 41 bis y una pena mayor, con una calificación legal distinta.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la condena de primera instancia, rechazando los agravios y justificando la decisión en la valoración de la prueba, la correcta interpretación jurídica y la proporcionalidad de la pena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala analizó los agravios sobre la valoración de la prueba, la calificación jurídica y la aplicación de agravantes. La valoración de los testimonios fue considerada adecuada, con reconocimiento de la identificación del imputado por reconocimiento propio y reconocimiento por parte de testigos presenciales. La existencia del hecho fue acreditada con pruebas concluyentes, y la sentencia fundamentó la gravedad de las lesiones y el daño permanente en la víctima, justificando la pena de 13 años en base a la extensión del daño y la conducta delictiva. La modificación de la calificación a delitos de robo doblemente calificado por lesiones y uso de arma en grado de tentativa fue considerada correcta, rechazando la aplicación del art. 41 bis por incluir el uso del arma dentro del tipo penal. La pena fue considerada adecuada y proporcional a la gravedad del delito y las consecuencias.

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