LUNA, RUBEN DARIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL LUNA, RUBEN DARIO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y ABUSO DE ARMAS EN CONCURSO REAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo que confirmó la condena de 13 años de prisión a Rubén Darío Luna por homicidio agravado y portación ilegal de armas. La decisión se fundamentó en la insuficiencia argumentativa del recurso y en que no se demostró arbitrariedad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): La Defensa de Rubén Darío Luna
A quién se demanda (Demandado): Tribunal del Colegio de Cámara Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de Santa Fe
Qué se reclama (Objeto de la demanda): La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 81 del 11 de marzo de 2021, que confirmó la condena, por considerar que fue arbitrario y que vulneró garantías constitucionales.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja y reafirmó la validez del fallo por insuficiencia argumentativa y por no demostrarse arbitrariedad en la valoración probatoria y en la fundamentación del acuerdo.
Fundamentos principales de la decisión:
- La quejosa no logra demostrar que la Cámara de Apelaciones haya apartado de su marco jurisprudencial en el análisis de admisibilidad del recurso, en línea con la doctrina "Cerruti" y "Nasurdi".
- La impugnación por insuficiencia probatoria y error en el encuadre legal se reduce a disenso con la valoración de los jueces, sin presentar elementos que evidencien arbitrariedad o vulneración constitucional.
- La modificación de la calificación legal del delito de abuso de armas, que la recurrente pretendía reflejar en una reducción de pena, no fue considerada por la Cámara, ya que dicho delito no fue imputado ni valorado en la sentencia de grado, por lo que no impactó en la pena impuesta.
- La Corte destaca que las cuestiones planteadas corresponden a hechos y valoración probatoria, materia excluida de revisión en esta instancia, salvo que se demuestre su irrazonabilidad, lo cual no ocurrió en este caso.
- La disidencia del Ministro Erbetta consideró que los planteos presentados por la defensa tenían suficiente sustento para admitir la queja y la apertura de la vía constitucional, pero la mayoría rechazó esa postura.
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