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P., L. A. s/ HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO Y POR PARTICIPACION DE UN MENOR DE EDAD

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario modificó la calificación legal y confirmó la pena impuesta al condenado por su participación en un homicidio agravado con arma de fuego, descartando la agravante del art. 41 quater del CP y manteniendo la condena de trece años y cuatro meses de prisión. La decisión se basa en la valoración de la prueba y la constitucionalidad de las normas aplicadas.

Prueba testimonial Apelacion Valoracion probatoria Constitucionalidad Arma de fuego Pena Homicidio agravado Agravantes Participacion necesaria Responsabilidad penal


- Quién demanda: Defensa del acusado P. L. A.

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la sentencia de primera instancia, solicitando la absolución o la recalificación del delito y la reducción de la pena

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena y modificó la calificación legal a partícipe necesario del delito de homicidio agravado por uso de arma de fuego, eliminando la agravante del art. 41 quater

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara evaluó la valoración probatoria, destacando la coherencia de los testimonios que identifican a P. como conductor de la motocicleta utilizada en el hecho. Rechazó los agravios sobre valoraciones contradictorias en los testimonios, considerando que la prueba en conjunto respalda la participación del acusado. Sobre la constitucionalidad del art. 41 bis y quater del CP, la Cámara afirmó que las normas están razonablemente fundadas y que su aplicación es constitucional. La modificación en la calificación legal a partícipe necesario resulta justificada por la evidencia de su aportación esencial para la comisión del hecho, y la pena de 13 años y 4 meses se mantiene, ya que fue impuesta en su mínimo legal. La Cámara además rechazó los planteos relativos al exceso de pena y a la participación del menor, considerando que las pruebas acreditan la intervención del menor y que la agravante del uso de arma de fuego es constitucional y aplicable. La decisión se fundamenta en la valoración racional y lógica de toda la prueba producida en juicio, concluyendo que la responsabilidad de P. está suficientemente acreditada y que la pena impuesta no resulta desproporcionada.

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