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MANGINI, FREDDI HECTOR Y VALLEJOS, CESAR RUBEN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MANGINI, FREDDI HECTOR Y OTRO s/ MALVERSACION DE FONDOS, DEFRAUDACION CALIFICADA, ETC. s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declara la inconstitucionalidad de la sentencia que condenó a los imputados por malversación de fondos, por defectos en la fundamentación y afectación del principio de imparcialidad, ordenando un nuevo pronunciamiento judicial. La decisión se basa en vulneraciones del debido proceso y garantías constitucionales.

Debido proceso Nulidad Fundamentacion Imparcialidad judicial Demora procesal Garantia constitucional Recurso de inconstitucionalidad Derecho a la defensa Analisis de agravios Santa fe.

Quién demanda (Actor): La defensa de Freddi Héctor Mangini y César Rubén Vallejos, y el defensor público adjunto del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal. A quién se demanda (Demandado): La sentencia del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial. Qué se reclama (Objeto de la demanda): La inconstitucionalidad de la sentencia por defectos en la fundamentación, omisión de análisis de agravios defensivos, y afectación del principio de imparcialidad, con solicitud de anulación y remisión para un nuevo juicio.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la sentencia en cuanto confirmó la condena y ordenó su anulación, disponiendo que un nuevo tribunal juzgue nuevamente la causa conforme a las consideraciones del fallo. Fundamentos principales de la decisión:
- Se evidenció que el juez de alzada solicitó documentación ajena al debate y realizó preguntas durante la audiencia, lo que afectó la imparcialidad y violó el principio de objetividad. La conducta se asemeja a las "medidas para mejor proveer" del viejo sistema penal, rechazadas por la jurisprudencia de esta Corte (Godoy, A. y S. T. 233).
- El fallo impugnado no abordó adecuadamente los agravios defensivos relativos a la inexistencia de delito y la falta de afectación de un bien jurídico, omitiendo tratar los argumentos centrales de la defensa, en violación del artículo 95 de la Constitución provincial.
- Los excesivos plazos procesales (más de un año y casi cuatro meses entre la condena y la emisión del fallo) y la demora en emitir fundamentos también vulneraron derechos constitucionales y ameritaron una investigación administrativa para determinar responsabilidades.
- La sentencia fue dictada con defectos graves en la fundamentación, afectando el derecho a la jurisdicción y a un proceso justo, por lo que procede su anulación y remisión del expediente para que se sustancie nuevamente conforme a estos lineamientos.

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