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BANCO UNICOR COOPERATIVO LTDO. c/ COMPAÑIA CEREALERA DEL ATLANTICO -DEMANDA ORDINARIA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Banco Central de la República Argentina contra una sentencia que reguló honorarios profesionales en un proceso civil. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos formales del recurso y en la ausencia de arbitrariedad o vulneración constitucional demostrada.

Honorarios profesionales Inadmisibilidad Gravedad institucional Fundamentacion insuficiente Incompatibilidad Legalidad Normativa arancelaria Ley 24432 Recurso de inconstitucionalidad Corte provincial

Quién demanda: Banco Central de la República Argentina (Banco Central)

¿A quién se demanda?

Tribunal de la Corte de Santa Fe y la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la declaración de inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la regulación de honorarios profesionales en un proceso civil, alegando arbitrariedad, violación de principios constitucionales y gravedad institucional.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, confirmando que el escrito no cumplía con los requisitos formales y que las cuestiones alegadas no constituían una vulneración constitucional ni un grave interés institucional, por lo que se denegó la vía extraordinaria. Fundamentos principales de la decisión: "El escrito recursivo no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3°, incisos b), d) y e), del reglamento aprobado mediante Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que no suministra un relato claro y preciso de las circunstancias relevantes del caso ni expone una refutación efectiva de los fundamentos del fallo atacado." "Las cuestiones planteadas en el recurso de inconstitucionalidad resultaron ajenas a esa vía, por versar sobre interpretación de normas arancelarias y bases de cálculo, que se encuentran dentro del margen de razonabilidad de la Administración judicial." "El recurrente no demuestra que la decisión impugnada sea contraria a derechos constitucionales ni que exista arbitrariedad o gravedad institucional que justifique la revisión por vía federal." "Además, la adhesión del Banco Unicor Cooperativo Limitado en liquidación al recurso del Banco Central es improcedente, dado que no recurrió en forma propia." Por todo ello, la Corte denegó la concesión del recurso extraordinario con costas.

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