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RODRIGUEZ, GRACIELA HAYDEE c/ MANTARAS, MARIA DEL VALLE Y OTROS -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que rechazó la demanda laboral de una trabajadora. La decisión se fundamentó en que la queja no cumplía con los requisitos procesales y que la sentencia no violaba derechos constitucionales.

Prueba Recurso de queja Inconstitucionalidad Derecho laboral Relacion laboral Pension por invalidez Domicilio legal Santa fe Inadmisibilidad. Camara de apelacion laboral


- Quién demanda: Graciela Haydee Rodríguez (trabajadora)

¿A quién se demanda?

María del Valle Mántaras y otros (empleadores)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaba la declaración de la relación laboral, reconocimiento de servicios y cese de actividades, además de indemnizaciones por despido.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por inconstitucionalidad interpuesta contra la sentencia de la Cámara de Apelación Laboral, confirmando la validez del fallo. La Cámara concluyó que la relación laboral se extinguió en marzo de 2012, y que los argumentos de la quejosa no vulneraron derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La recurrente en su presentación directo incumple la carga estipulada en el artículo 8 de la ley 7055 de rebatir cada uno de los motivos expuestos por la Cámara para apoyar su decisión de denegar la concesión del remedio extraordinario. [...] La lectura de los argumentos traídos a consideración revela que la recurrente efectúa puramente consideraciones relativas a cuestiones de derecho común, y sin que los fundamentos expuestos por el Tribunal a quo resulten desvirtuados desde el punto de vista constitucional." La Corte verificó que los argumentos en contra de la sentencia no implicaban violaciones constitucionales, sino cuestiones de valoración de prueba y derecho laboral. La sentencia analizó detalladamente las pruebas y concluyó que no existían irregularidades que ameritaran la revisión constitucional. "En definitiva, la decisión impugnada se encuentra fundada en un análisis racional y ajustado a las normas, sin que exista arbitrariedad o vulneración constitucional que justifique la admisión de la queja."

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