MIGONE, MARIA SUSANA c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe revoca parcialmente la sentencia que condenaba a Telefónica Móviles Argentina S.A. a pagar $90.000 por daño moral. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba y en la proporcionalidad de la indemnización, ajustando las costas en función del éxito de las partes.
Quién demanda: María Susana Migone
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual que generó daño moral, cuantificado en $60.000, más intereses.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada, condenando a la demandada a pagar $90.000 por daño moral, y distribuyendo las costas en un 75% a la demandada y un 25% a la actora, además de la distribución de costas en sede de alzada en un 85% a la apelante y 15% a la actora. Fundamentos principales de la decisión: – La valoración de la prueba, aunque escueta, fue razonable y suficiente para concluir que la demandada incumplió sus deberes de información y trato digno. – La pérdida de tiempo y molestias ocasionadas a la actora constituyen daño moral autónomo, derivado de la relación de consumo, y no requiere prueba específica. – La cuantificación en $90.000 es proporcional y razonable, considerando el tiempo transcurrido y las circunstancias económicas. – La distribución de costas debe ajustarse a los resultados parciales, en un 75% a la demandada y 25% a la actora en primera instancia, y en un 85% a la apelante y 15% a la actora en sede de alzada. – La decisión se fundamenta en la protección integral del consumidor y en la valoración de la prueba y la proporcionalidad de la indemnización.
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