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VILLALBA, ERICA ROMINA c/ PINCHETTI, EZEQUIEL LUIS -COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó una condena laboral en un caso de despido durante una licencia por cuidado de hijo enfermo. El tribunal consideró que el recurso carece de entidad constitucional y que las cuestiones planteadas son de valoración probatoria y de interpretación normativa, competencia de los jueces de la causa.

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Actor: La demandada, en calidad de recurrente, que interpuso la queja. Demandado: La Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario. Objeto: La revisión de la resolución que confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, alegando arbitrariedad y violación de garantías constitucionales, en particular, la interpretación del régimen de protección de la maternidad y las normas laborales aplicables al trabajo doméstico. Decisión: La Corte rechazó la queja interpuesta, considerando que la argumentación se basa en cuestiones de hecho, prueba e interpretación normativa que corresponden a los jueces de la causa, y que el recurso no presenta un vicio de arbitrariedad ni un apartamiento normativo que justifique su admisión. Además, se declaró perdido el depósito del recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos del recurrente se centran esencialmente en cuestionar la aplicación al presente caso de la licencia especial prevista por el inciso c) del artículo 183 de la Ley de Contrato de Trabajo [...] La Cámara sostuvo que más allá de las cuestiones específicas que rigen el empleo doméstico, lo que no se ha previsto específicamente para el personal de casas particulares se rige por la Ley de Contrato de Trabajo [...] La especial protección constitucional con la que cuenta la familia, la maternidad y la infancia, y la mención a la protección de la trabajadora en situación de enfermedad o cuidado de hijo, justifican la interpretación que se hizo en la sentencia, que no resulta arbitraria ni lesiva de garantías constitucionales." "La Corte concluyó que no existe un apartamiento normativo ni fáctico que justifique la descalificación del pronunciamiento judicial, y que las alegaciones del recurrente no demuestran arbitrariedad ni error en la valoración probatoria."
- Disidencias: No se registran votos disidentes relevantes.

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