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D., R. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL D., R. E. s/ ABUSO SEXUAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia deniega el recurso extraordinario contra una sentencia que rechazó un recurso de inconstitucionalidad en un caso de abuso sexual. La decisión se fundamenta en la falta de argumentos suficientes para acreditar arbitrariedad o vulneración constitucional en la resolución impugnada.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Jurisprudencia Abuso sexual Derechos constitucionales Valoracion probatoria Plazo razonable Denegatoria. Corte provincial

Quién demanda: La defensa del imputado R. E. D. demandando la revisión de la sentencia penal que lo condenó por abuso sexual.

¿A quién se demanda?

La decisión del Tribunal de origen, que confirmó la condena y rechazó el recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta arbitrariedad en el fallo y por incumplimiento del plazo razonable, y que se revoque la sentencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad del fallo impugnado. Fundamentos principales:
- La recurrente no realizó una crítica razonada ni específica a la sentencia de la Corte provincial, limitándose a críticas genéricas y sin fundamentación suficiente que permitan configurar arbitrariedad o vicio constitucional.
- La Corte explicó que las alegaciones sobre valoración probatoria, credibilidad de la víctima, y el análisis del plazo del proceso, fueron abordadas en la sentencia de la Alzada, sin que exista una afectación constitucional que amerite la intervención federal.
- Se sostuvo que las críticas sobre el “dogmatismo” del fallo solo expresan una interpretación personal, sin que se demuestre que la decisión judicial contravenga derechos constitucionales o normas federales.
- La falta de acreditación de un defecto que vulnere derechos constitucionales impide la apertura del recurso extraordinario.
- La alegación de incumplimiento del plazo razonable fue considerada genérica y sin elementos concretos que demuestren la afectación, en línea con la jurisprudencia sobre la materia.
- La recurrente no logró demostrar un apartamiento de los precedentes "Strada" y "Di Mascio", y sus agravios fueron considerados insuficientes para justificar la revisión excepcional.
- La decisión se fundamenta en la inexistencia de vicios constitucionales que habiliten la vía federal, por lo que se resuelve denegar el recurso.

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