BOJANICH, MARTIN EDUARDO c/ CORTI, MARIO HUMBERTO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Rosario confirmó la responsabilidad del demandado en un accidente de tránsito, rechazando la nulidad y elevando la indemnización por daño moral y incapacidad, fundamentando en la prioridad de paso en la vía y en la adecuada valoración de la prueba pericial.
- Quién demanda: Martín Eduardo Bojanich
¿A quién se demanda?
Mario Humberto Corti
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito, incluyendo indemnización por incapacidad y daño moral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del demandado y elevó los montos indemnizatorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de grado fue considerada válida y fundada en informes periciales técnicos que respaldan la responsabilidad del demandado por no haber observado la prioridad de paso en la intersección de la Avenida San Martín y la calle Catamarca. La jurisprudencia citada sostiene que en cruces donde la vía principal tiene mayor jerarquía, el conductor que transita por la vía menor debe ceder el paso y adoptar medidas de autoprotección, como reducir la velocidad o detenerse. La pericia mecánica y los testimonios avalan que el vehículo del actor fue embestido en su rueda trasera izquierda, sin que existan vicios en el procedimiento ni en la valoración de la prueba. Respecto a la cuantificación del daño, la Cámara ajustó los montos por incapacidad y daño moral, considerando parámetros jurisprudenciales y doctrinales, y fijó intereses del 8% desde el hecho dañoso, con actualización posterior. La responsabilidad del demandado fue confirmada por no haberse acreditado culpa del actor, dado que la prioridad de paso estaba claramente establecida. El tribunal rechazó la nulidad alegada por la demandada por carecer de fundamentos y por no advertirse vicios en el procedimiento.
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