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N., J. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., J. E. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad y anuló la sentencia que absolvió a N. por delitos de abuso sexual, ordenando un nuevo juicio, fundamentándose en la valoración arbitraria de la prueba y la omisión de estándares internacionales en la valoración de testimonios de menores víctimas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, en este caso el Fiscal, impugna la sentencia que absolvió a N. por delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores en relación a las víctimas V. y L., menores de edad.
- La Cámara de Alzada confirmó la fallo de primera instancia, pero la Corte Santa Fe, tras analizar la inadmisibilidad del recurso y la valoración probatoria, concluyó que la sentencia recurrida incurrió en arbitrariedad y en una valoración parcializada y fragmentada de las pruebas, sin atender a los estándares internacionales sobre protección de derechos de niños y niñas víctimas de delitos sexuales.
- La Corte señaló que la valoración de las declaraciones de las menores en Cámara Gesell se realizó sin considerar adecuadamente su condición de vulnerables y sin seguir los protocolos internacionales y nacionales sobre la valoración de testimonios infantiles, lo que constituye una omisión que afecta la constitucionalidad de la sentencia.
- La Corte destacó que la valoración probatoria no puede limitarse a afirmaciones dogmáticas o a una interpretación fragmentada, sino que debe realizarse en un marco de razonabilidad y conforme a los estándares internacionales sobre protección de derechos de la infancia.
- La sentencia impugnada fue considerada arbitraria por no haber fundamentado adecuadamente la valoración de la prueba, especialmente en lo que respecta a la credibilidad de las declaraciones de las menores, en un contexto de vulnerabilidad y trauma, y en la valoración de informes forenses y de profesionales especializados.
- En virtud de ello, la Corte declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad en relación a los hechos vinculados a la menor M., pero sí admitió el recurso respecto a la absolución de V. y L., y en consecuencia, anuló la sentencia en esa parte, ordenando un nuevo juicio que tenga en cuenta los estándares internacionales y las garantías constitucionales en la valoración de la prueba en casos de violencia sexual infantil.

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