MICUCCI, HORACIO DANIEL c/ FIAT AUTO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS s/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO
La Cámara de Santa Fe rechazó la medida cautelar innovativa solicitada en un expediente de derecho de consumo, confirmando la decisión de primera instancia. La decisión se fundó en la falta de acreditación de los requisitos de verosimilitud y peligro en la demora, además de considerar la normativa administrativa vigente que regula los planes de ahorro.
- Quien demanda (Actor): Horacio Daniel Micucci
Demandado: Fiat Auto S. A. de Ahorro para Fines Determinados
Objeto: Solicitud de medida cautelar innovativa para retrotraer cuotas y suspender cobros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación y confirmó la denegación de la medida cautelar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó que el actor no acreditó la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora. Se destacó que la acción fue promovida antes de la publicación de la Resolución General 14/2020 de la IGJ, que regula los diferimientos en los planes de ahorro. La sentencia consideró que el actor no explicó suficientemente el riesgo actual o inminente de daño ni aportó pruebas concretas que demostraran la vulnerabilidad alegada. Además, resaltó que el análisis de la medida requiere un criterio restrictivo por su naturaleza innovativa, y que la falta de acreditación de estos requisitos impide dictar la medida solicitada. La sentencia también explicó que la existencia de vías administrativas para equilibrar la situación y la solvencia de las empresas demandadas hacen que no se configure el peligro en la demora. Finalmente, descartó la arbitrariedad del fallo, ya que se apoyó en abundante doctrina, jurisprudencia y pruebas, y explicó que la decisión no incurrió en errores en la valoración de la prueba ni en la interpretación normativa.
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