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LAFERRARA, JORGE ALBERTO s/ COHECHO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a Laferrara por cohecho activo, pero redujo la pena a 1 año y 9 meses de prisión, unificando las penas anteriores a 21 años y 3 meses, y declaró la reincidencia del acusado.

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Quién demanda: Laferrara, Jorge Alberto.

¿A quién se demanda?

La condena por delito de cohecho activo y la declaración de reincidencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la sentencia de primera instancia, principalmente por alegadas contradicciones en las testimoniales, y la reducción de la pena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la materialidad del delito y la responsabilidad penal del acusado, rechazó los agravios sobre la materialidad, y redujo la pena de 2 años y 9 meses a 1 año y 9 meses, unificando las penas en 21 años y 3 meses de prisión, manteniendo la declaración de reincidencia. Fundamentos principales de la decisión: "El análisis de la prueba en juicio, en particular los testimonios policiales y las declaraciones de los testigos, resulta consistente y suficiente para acreditar la materialidad del hecho y la responsabilidad del imputado. Las contradicciones señaladas por la defensa no afectan la credibilidad de los testimonios, que se consideran veraces y coherentes en su conjunto. La declaración de Hurt, Medina y Serenelli, quienes relataron la secuencia de hechos y el ofrecimiento de dinero, resulta convincente y respaldada por la prueba documental." Además, la Cámara destaca que "la valoración probatoria se realiza bajo los principios de la sana crítica racional y la lógica, sin que las contradicciones menores puedan invalidar la conclusión de la responsabilidad del acusado." En cuanto a la pena, se admite parcialmente la reducción solicitada, atendiendo a las circunstancias personales y la gravedad del hecho, y se unifican las penas en 21 años y 3 meses de prisión, considerando la ley vigente y la doctrina sobre la unificación de condenas.

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