CANO, GRISELDA NIDIA c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró procedente el recurso de Griselda Nidia Cano contra actos administrativos vinculados a su incapacidad laboral y rechazo de su jubilación por invalidez. La sentencia anuló los actos impugnados y ordenó el otorgamiento del beneficio, fundamentándose en la evaluación médica pericial que estableció un grado de incapacidad del 70,12 %, en favor de la protección de los derechos del beneficiario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Griselda Nidia Cano, demanda la anulación del decreto 287/15 y resoluciones previas, solicitando el reconocimiento de su derecho a la jubilación por invalidez. Argumenta que sus patologías y limitaciones físicas, agravadas por varias enfermedades, no fueron correctamente ponderadas por las juntas médicas administrativas, que establecieron incapacidad inferior al mínimo legal para el beneficio (66 %). La actora trabaja como enfermera en el Hospital de Niños "Dr. Orlando Alassia" y presenta un cuadro clínico complejo que, según la pericia médica de la justicia, indica una incapacidad total y permanente del 70,12 %, que le impediría desempeñar sus tareas habituales, especialmente las relacionadas con su profesión de enfermera asistente de quirófano. La demandada sostiene la regularidad de las evaluaciones médicas y la legalidad del rechazo del beneficio, alegando que la incapacidad no alcanza el 66 % requerido y que la actora puede desempeñar tareas diferentes. La Cámara, en base a la pericia médica que consideró las patologías y limitaciones, concluyó que la incapacidad superaba ampliamente el 66 %, y que las evaluaciones administrativas no reflejaron adecuadamente el estado de salud de la actora, por lo que corresponde anular los actos impugnados y ordenar el otorgamiento del beneficio jubilatorio.
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