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LUNCARINI, RICARDO ATILIO c/ CACCAMO, CARMELO PATRICIO Y OTROS -INCIDENTE ARTICULO 291 CODIGO FISCAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad y anuló una sentencia que había rechazado un planteo de inconstitucionalidad en un proceso tributario. La causa fue remitida para un nuevo pronunciamiento.


- Quién demanda: La Provincia de Santa Fe, a través de su Fiscalía de Estado.

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Sala Segunda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La validez de la resolución que desestimó recursos de nulidad y apelación en un incidente de inoponibilidad, por entender que violaba derechos constitucionales y la normativa procesal y tributaria.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia impugnada y ordenó remitir la causa para un nuevo pronunciamiento, considerando que la resolución impugnada había vulnerado derechos constitucionales al limitar indebidamente el recurso y la participación del órgano fiscalizador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta oportuno evocar aquí el propósito perseguido por el legislador mediante la restricción recursiva consagrada en el precepto citado, consistente en hacer directo y rápido el trámite dispuesto para que el acreedor cobre un crédito al que, en razón de su tipo, las propias leyes le han otorgado fuerza ejecutiva (v. Peyrano, Jorge W., 'Explicaciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe', Rubinzal Culzoni, 2016, T. II, pág. 620). De conformidad con la mentada finalidad, es generalmente aceptado que esa regla limitativa de la admisibilidad recursiva en el juicio ejecutivo se halla establecida para las providencias y resoluciones producidas durante el curso normal de esa clase de procesos, pero resulta inaplicable frente a terceros interesados en el pleito o cuando las particularidades de la cuestión exceden las vicisitudes propias del trámite de ejecución entre actor y demandado (v. Alvarado Velloso, Adolfo, 'Estudio del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe', Fundación para el Desarrollo de las Ciencias Jurídicas, 2014, Tomo 4, pág. 3239; Peyrano, Jorge W., 'Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe', 3ra. ed., Juris, 2008, T. 2, pág. 326), tal como acontece en el 'sub examine'. En tales condiciones, es posible concluir que el decisorio atacado le confirió a la norma invocada un alcance que, en las particulares circunstancias del caso ya reseñadas, deviene irrazonable; y, por tal conducto, incurrió también en una arbitraria marginación de lo normado en el artículo 346, inciso 2, del Código Procesal, desde que la cuestión incidental resuelta en baja instancia luce susceptible de ocasionar un

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