TELIAS, LEANDRA c/ ESCOBAR SANTA FE S.A.C.I.F.I. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara de Apelación en lo Laboral, por considerar que la sentencia vulneró derechos fundamentales de defensa, debido proceso y acceso a la jurisdicción, ordenando la devolución del depósito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): La demandada, Escobar Santa Fe SACIFI. A quién se demanda (Demandado): La Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Impugnar la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad, argumentando que la Sala vulneró derechos constitucionales en su análisis del caso, específicamente en relación con la valoración de los agravios y la interpretación del fin de la relación laboral. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte Suprema admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando que los autos principales sean remitidos para su trámite correspondiente y devolviendo el depósito efectuada por la recurrente. Fundamentos principales de la decisión: "La postulación de la recurrente, en una apreciación mínima y provisoria, cuenta 'prima facie' con suficiente asidero en las constancias de autos. Circunstancia que amerita la apertura de esta vía de excepción." "El Tribunal de origen omitió tratar los agravios planteados por la recurrente respecto a la resolución que negó el recurso de inconstitucionalidad, vulnerando el derecho de defensa y la garantía de acceso a la jurisdicción." "Se evidenció una arbitrariedad manifiesta en la resolución de la Cámara, al considerar que la cuestión del despido había llegado firme a la instancia de apelación, sin analizar adecuadamente los agravios en torno a la calificación del fin de la relación laboral." "Por ello, la Corte concluyó que la resolución de la Cámara infringió derechos constitucionales, justificando así la concesión del recurso de queja y la apertura de la vía de excepción."
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